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«Accesibilidad Electoral Garantizada: Recomendaciones del Iprodi para unas Elecciones Inclusivas»

Derechos Humanos

«Accesibilidad Electoral Garantizada: Recomendaciones del Iprodi para unas Elecciones Inclusivas»

El Instituto Provincial de Discapacidad (Iprodi) está brindando recomendaciones sobre accesibilidad electoral de cara a las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) que se llevarán a cabo el 13 de agosto. El objetivo es garantizar el derecho al voto de todas las personas, incluidas aquellas que puedan tener dificultades en el acceso al lugar de votación.

Según la ley nacional 26.571 de Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral, sancionada en 2009, se establecen medidas para promover la inclusión de las personas con discapacidad en el proceso electoral, en línea con la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Las personas que pueden votar son todos los electores argentinos nativos y por opción, desde los 16 años, que estén inscriptos en el padrón electoral. Para ejercer el voto, es necesario presentar la versión del Documento Nacional de Identidad (DNI) que figura en el padrón o una versión posterior. El DNI disponible en la app Mi Argentina no es válido para votar. El padrón electoral puede ser consultado en el sitio web http://www.padron.gob.ar/, donde se puede encontrar información sobre el establecimiento de votación, número de mesa y número de orden.

El Iprodi está promoviendo medidas de accesibilidad electoral para garantizar el ejercicio del derecho al voto en igualdad de condiciones para todas las personas, especialmente aquellas con discapacidad, limitaciones permanentes o transitorias, personas mayores, personas gestantes y personas con niñas o niños.

Algunas de las estrategias de accesibilidad electoral son las siguientes:

  1. Voto sin hacer fila: Las personas con discapacidad, limitaciones permanentes o transitorias, personas gestantes o que utilicen algún dispositivo de apoyo como muletas o bastón, pueden solicitar votar sin hacer fila.
  2. Voto asistido: Permite a las personas entrar al cuarto oscuro con una persona de confianza (mayor de edad y con su DNI) o solicitar asistencia a la autoridad de mesa.
  3. Plantilla guía para la firma: Una plantilla que permite a las personas reconocer con los dedos el lugar donde deben firmar.
  4. Perro de asistencia: Posibilita el ingreso al cuarto oscuro de personas que cuentan con un perro de asistencia o de servicio.

Además, se destaca que todos los establecimientos de votación cuentan con un Cuarto Oscuro Accesible (COA), un espacio cercano y de fácil acceso señalizado por dentro y fuera del mismo. Todas las personas destinatarias de las estrategias de accesibilidad electoral pueden votar en este cuarto, para lo cual deben solicitarlo a la autoridad de mesa o al Comando General Electoral.

Estas medidas buscan asegurar la plena participación política y el ejercicio del derecho al voto de todas las personas, promoviendo una votación inclusiva y accesible para la ciudadanía en general.

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