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Aumento de teléfonos , internet y TV

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Aumento de teléfonos , internet y TV

En medio de un contexto de fuerte inflación que viene afectando desude hace ya tiempo a la Argentina, el Gobierno autorizó dos aumentos de 9,5% cada uno para las tarifas de internet, telefonía fija y móvil, y televisión por cable y satelital. La medida se anunció a través de la Resolución 725/2022, publicada este lunes en el Boletín Oficial.

De acuerdo con el documento, firmado por Claudio Ambrosini, presidente del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), organismo encargado de regular el precio de esos servicios, serán dos subas de 9,5% cada una, a aplicarse en mayo y julio próximos, dando una suba acumulada de 19%.

Además, las autoridades también dispusieron un incremento específico de los valores máximos que pueden cobrar las compañías de telefonía celular en la modalidad prepaga.

Esta actualización se suma a la que se realizó en enero pasado, que fue del 9,8% y alcanzó solamente a las empresas de internet, telefonía fija y televisión por cable y satelital, que tengan menos de 100 mil clientes.

De esta manera, a partir de la factura correspondiente a mayo, las prestadoras de telefonía celular podrán aplicar el primero de los aumentos, para “cualquiera de sus planes en las modalidades pospagas y mixtas”.

En tanto, en julio podrán volver a incrementar sus precios otro 9,5%, “tomando como referencia los valores actualizados”, es decir sobre los precios que habrán subido en mayo.


Lo mismo sucederá con las licenciatarias de Servicios de Acceso a Internet, de Telefonía Fija, de Radiodifusión por Suscripción y de Comunicación Audiovisual por Suscripción.

Los precios para la “modalidad prepaga pura” de la telefonía celular quedaron fijados de la siguiente manera:

a) Recarga de 50 MB de datos móviles por día: $27,40 en mayo y $30 en julio, con impuestos incluidos.

b) Segundo de voz: $0,42 en mayo y $0,46 en julio, con impuestos incluidos.

c) SMS: $5,50 en mayo y $6 en julio, con impuestos incluidos.

Advertencia a empresas

El Gobierno remarcó que cualquier incremento sobre los precios minoristas que hubiese sido aplicado por las compañías y “que supere los valores expresamente autorizados”, deberá ser reintegrado a sus usuarios en la próxima factura, con actualización e intereses.

Además, en aquellos casos en los que algún cliente no abone su factura con estos aumentos no aprobados por la ENACOM, las prestadoras “deberán abstenerse de computar los plazos legales vigentes para proceder a la suspensión del servicio”.

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