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Aumento para los empleados de servicio doméstico.

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Aumento para los empleados de servicio doméstico.

A partir del próximo mes, los empleados de servicio doméstico recibirán un nuevo tramo del aumento salarial acordado en el Ministerio de Trabajo. En junio, se implementará un incremento no acumulativo del 7%, que forma parte del aumento total del 27% acordado.

El aumento salarial se ha distribuido en diferentes etapas. En abril, se aplicó un incremento del 14%, seguido por un 7% en mayo, cuyo pago se realizará durante los primeros días de junio. Por último, en junio se completará el aumento con un 6% adicional.

Además, se ha establecido una revisión para evaluar el impacto de la inflación en las remuneraciones de los empleados de casas particulares, la cual se llevará a cabo el 25 de julio.

Con la entrada en vigencia de la nueva escala salarial en junio, se establecen plazos para el pago de las remuneraciones. Para el personal mensualizado, el pago deberá realizarse hasta el cuarto día hábil del mes, mientras que para el personal remunerado por jornal o por hora, el pago se efectuará al finalizar cada jornada o cada semana, según lo acordado.

Estos incrementos salariales también afectarán los aportes y contribuciones que deben realizar los empleadores. Los incrementos correspondientes a mayo se reflejarán en los pagos de junio, cuyo vencimiento está previsto a partir del día 10 del próximo mes.

A continuación, se detalla la escala salarial correspondiente a mayo de 2023 para el personal con y sin retiro:

  • Trabajadores de tareas generales: el valor por hora será de $740 (con retiro) y $798 (sin retiro). El monto mensual mínimo será de $90.841 (con retiro) y $101.014 (sin retiro).
  • Supervisores: el importe por hora será de $893 (con retiro) y $978 (sin retiro). El monto mensual mínimo será de $111.440 (con retiro) y $124.131,50 (sin retiro).

Es importante destacar que aquellos trabajadores que realicen tareas incluidas en más de una categoría se considerarán dentro de la categoría principal en la que habitualmente se desempeñen.

Además, se deberá abonar un adicional por antigüedad equivalente al 1% por cada año trabajado en los salarios mensuales, independientemente de la categoría o tipo de relación laboral.

Por otro lado, en julio, al igual que para el resto de los trabajadores en relación de dependencia, los empleadores deberán abonar el aguinaldo o el primer Sueldo Anual Complementario (SAC) del año a los trabajadores de casas particulares. Este pago corresponde al 50% de la mayor remuneración mensual abonada durante el primer semestre (de enero a junio).

Con estas actualizaciones salariales y beneficios, se busca garantizar mejores condiciones laborales para los trabajadores de casas particulares, reconocer su labor y adaptarse a la realidad económica actual.

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