Las elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) están a la vuelta de la esquina, y es importante recordar que son de carácter obligatorio. Aquellos ciudadanos que no asistan a votar en las PASO, programadas para el próximo 13 de agosto, deberán justificar su ausencia ante la Justicia Nacional Electoral para evitar posibles multas.
En este sentido, las sanciones económicas por no votar en las PASO varían en función del historial de infracciones electorales y oscilan entre 50 y 500 pesos para los electores mayores de 18 años y menores de 70. Además, se dispone de un plazo de «sesenta (60) días de la respectiva elección» para presentar la justificación correspondiente.
A continuación, detallamos las multas establecidas según el historial de infracciones electorales:
- Para aquellos electores sin infracciones previas sin regularizar, la multa será de $50.
- En caso de contar con una infracción previa sin regularizar, el monto asciende a $100.
- Si el votante tiene dos infracciones previas sin regularizar, la multa se eleva a $200.
- Para aquellos con tres infracciones previas sin regularizar, la sanción alcanza los $400.
- Finalmente, aquellos electores que cuenten con cuatro o más infracciones previas sin regularizar deberán abonar una multa de $500.
Los electores tienen varias opciones para abonar las multas. Pueden realizarlo a través del Banco de la Nación Argentina mediante transferencia de crédito, transferencia bancaria o en efectivo en cualquiera de sus sedes. También se ofrece la posibilidad de realizar el pago de manera virtual.
Es importante recordar que las PASO fueron establecidas en 2009 y se implementaron por primera vez en las elecciones nacionales de 2011. Su objetivo principal es permitir a los ciudadanos definir las candidaturas a través de internas entre los precandidatos de cada partido o coalición.
Según la Constitución Nacional, en Argentina el voto es obligatorio para las personas que tienen entre 18 y 70 años. Los electores de 16 y 17 años, así como los mayores de 70, pueden optar por ejercer su voto de forma voluntaria.
En caso de no poder asistir a votar, los ciudadanos tienen un plazo de 60 días después de las elecciones para presentar un formulario de justificación ante la Justicia Electoral. Entre las razones válidas se incluye encontrarse a más de 500 kilómetros de distancia del lugar de votación en el día de los comicios, estar enfermo o imposibilitado de asistir por razones de fuerza mayor debidamente comprobadas y justificadas.
Además, se encuentran exentos de la obligación de votar las personas que forman parte de organismos y empresas de servicios públicos que, por motivos relacionados con el cumplimiento de sus funciones, se encuentren impedidas de asistir a votar. También se considera una excepción a aquellos ciudadanos que son jueces o auxiliares y, según lo establecido en el Código Electoral Nacional, deben asistir a su oficina y mantenerla abierta durante los comicios.
Es fundamental recordar la importancia de participar en las elecciones y cumplir con el deber cívico del voto. No asistir a las PASO sin justificación puede resultar en multas económicas significativas, por lo que se recomienda a todos los ciudadanos argentinos cumplir con este compromiso democrático.