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Gobierno Anuncia Detalles Cruciales sobre Préstamos a Empleados, Jubilados y Monotributistas con Tasa Subsidiada

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Gobierno Anuncia Detalles Cruciales sobre Préstamos a Empleados, Jubilados y Monotributistas con Tasa Subsidiada

En una reciente revelación, el Gobierno ha dado a conocer los detalles esenciales de los préstamos dirigidos a trabajadores, jubilados y monotributistas, todos con tasas subsidiadas. Estos cambios, parte de un conjunto de medidas anunciadas el pasado domingo, presentan aspectos fundamentales en términos de requisitos y restricciones que los posibles solicitantes deben tener en cuenta.

Uno de los puntos más destacados es que aquellos monotributistas, trabajadores y jubilados que soliciten un préstamo con tasa subsidiada no estarán habilitados para adquirir dólar ahorro, una de las opciones más asequibles para la dolarización en el mercado, valorado a $641. Esta medida impactará a aproximadamente 800,000 personas que actualmente acceden al cupo de dólar solidario de $200. De manera similar, los trabajadores que reciban una suma fija de $30,000 mensuales también se verán afectados por esta restricción. Sin embargo, podrán continuar adquiriendo dólar bolsa o MEP a $683. Raquel Kelly Olmos, Ministra de Trabajo, ha confirmado estas limitaciones, señalando que la compra de dólar ahorro estará vedada, pero no así otras opciones de adquisición de divisas.

Aunque los detalles finales sobre los créditos aún no están implementados, fuentes oficiales indican que el Banco Central podría imponer restricciones en la compra del dólar solidario para aquellos beneficiarios de este nuevo subsidio, aunque no aplicarían a las opciones de dólar MEP. Cabe destacar que aquellos que ya reciben algún tipo de subsidio, como a través de líneas de préstamos oficiales, se verán afectados por ciertas restricciones existentes.

En relación con los créditos destinados a monotributistas, se han esclarecido varios aspectos importantes. Los fondos de estos préstamos se depositarán directamente en las tarjetas de los solicitantes. Los monotributistas de las categorías A a la F podrán acceder a préstamos de hasta $4 millones, con un plazo de 24 meses y una tasa nominal anual del 61%, que se verá reducida en 60 puntos porcentuales gracias a la bonificación de la tasa de interés de los bancos. El monto total inicial asignado será de $100,000 millones.

Es necesario señalar que estos créditos deberán destinarse a la compra de herramientas e insumos relacionados con microempresas productivas. Aquellos que reciban el préstamo deberán demostrar que los fondos se utilizarán con fines de inversión conforme a la línea de crédito. Adicionalmente, los monotributistas que soliciten este préstamo no podrán tener empleo en relación de dependencia. Se espera que esta medida alcance a aproximadamente 2 millones de personas involucradas en la prestación de servicios o venta de bienes muebles.

Los montos de los créditos para monotributistas variarán según la categoría en la que estuvieran inscritos al 31 de marzo. Aquellos en las categorías A y B podrán acceder hasta $1.2 millones; C, D y E hasta $2 millones; mientras que aquellos en categoría F y superiores podrán obtener hasta $4 millones. Estos montos podrán incrementarse en un 50% para aquellos con historial crediticio positivo respaldado por el Fondo de Garantías FOGAR. La línea de crédito estará vigente hasta noviembre o hasta que se agote el cupo.

En lo que respecta a los empleados en relación de dependencia, los requisitos para acceder al programa de crédito familiar incluyen no estar afectados por el Impuesto a las Ganancias, es decir, contar con ingresos que no superen los $700,000. Estos préstamos familiares podrán alcanzar hasta $400,000, con opciones de financiamiento en plazos de 24, 36 o 48 cuotas y una tasa subsidiada del 50% anual.

Los jubilados también se beneficiarán de estos préstamos, pudiendo acceder a montos de hasta $400,000 a ser pagados en plazos de 24, 36 o 48 cuotas, con una tasa anual del 29%, significativamente menor al actual índice de inflación que supera el 120% anual. Es crucial tener en cuenta que la cuota mensual no debe exceder el 30% de los ingresos mensuales, excluyendo el bono de refuerzo. Con la jubilación mínima programada para incrementarse a $124,460 desde septiembre, la cuota no podría superar los $37,338 en ese caso. El plazo máximo para reembolsar el préstamo está limitado por la edad del solicitante, debiendo ser menor de 92 años al momento del último pago.

Es relevante mencionar que las tasas, a pesar de su apariencia subsidiada, al sumar diversos costos y seguros, generan un costo financiero total efectivo anual (CFTEA) del 36.04% para un plazo de 24 meses, del 37.03% para 36 meses, y del 37.55% para 48 meses.

En resumen, estas nuevas medidas de préstamos con tasas subsidiadas tienen el potencial de impactar significativamente en la vida financiera de trabajadores, jubilados y monotributistas, brindando oportunidades para el crecimiento y la inversión en sus respectivas áreas económicas. Sin embargo, es esencial que los solicitantes comprendan las condiciones, restricciones y compromisos financieros asociados antes de acceder a estos préstamos. El alcance y las implicaciones de estas políticas seguirán siendo un tema de interés para muchos en el país.

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