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Polémica por un fallo del Tribunal Superior porteño que propone restablecer el protocolo sobre aborto no punible en la Ciudad

Polémica por un fallo del Tribunal Superior porteño que propone restablecer el protocolo sobre aborto no punible en la Ciudad

Una sentencia puso en vigencia el llamado “protocolo Lemus”, que había sido señalado por expertos en salud pública y diversos amparos judiciales como “inconstitucional “. La opinión a Infobae de María Rachid y Mabel Bianco

Un fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires restableció la vigencia del llamado “protocolo Lemus”, por haber sido redactado en 2012 por el entonces ministro de Salud porteño, para el aborto no punible. Ya había sido señalado por expertos en salud pública y diversos amparos judiciales como “inconstitucional“
Un fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires restableció la vigencia del llamado “protocolo Lemus”, por haber sido redactado en 2012 por el entonces ministro de Salud porteño, para el aborto no punible. Ya había sido señalado por expertos en salud pública y diversos amparos judiciales como “inconstitucional“

Todo vuelve, o al menos esa es la sensación que dejó entre expertos en derecho y en salud pública la puesta en vigencia nuevamente por parte del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del protocolo para la realización del aborto no punible en los hospitales públicos porteños, que fuera elaborado en 2012 por el entonces ministro de Salud de Mauricio Macri, Jorge Lemus.

Cabe señalar que este protocolo había sido suspendido varias veces en sus diversos artículos ante la presentación de diversos amparos judiciales. El fallo del TSJ porteño lleva las firmas de los jueces Luis Francisco Lozano, José Osvaldo Casás y Ana María Conde -y está fechado el 10 de octubre- y sostiene que «los recursos de inconstitucionalidad presentados al respecto fueron mal concedidos, en primera instancia porque las acciones de amparo no mostraron un episodio concreto de una mujer violada, embarazada, que quiso abortar y que por el ‘protocolo Lemus’ no pudo hacerlo. Es decir, sin un caso con un nombre y apellido, no se puede judicializar el tema«, esgrimió la letra el fallo.

En diálogo con Infobae Mabel Bianco, médica y presidente de la Fundación para el Estudio e Investigación de la Mujer (FEIM) precisó: «Ese fallo es un gran retroceso y personalmente espero que la ministro de Salud de la Ciudad no retroceda. Creo que este fallo no provocará un cambio en lo que están haciendo ahora en la Ciudad, que es la aplicación del protocolo nacional y no este que había elaborado el ex ministro Lemus y que ahora el Tribunal quiere que se (re) implemente. El actual Código Civil y Comercial reconoce que las niñas desde los 13 años pueden decidir sobre tratamientos y prestaciones de salud,  por lo tanto no necesitan autorización de los padres o de los tutores».

Más voces

La ex legisladora María Rachid y titular del Instituto Contra la Discriminación de la Defensoría del Pueblo de CABA y secretaria general de la Federación Argentina LGBT también opinó ante Infobae. Rachid fue una de las que incansablemente presentó varios pedidos de inconstitucionalidad sobre la vigencia de este protocolo.

Dijo Rachid a Infobae: «El protocolo es violatorio del fallo F.A.L. en varios aspectos. Algunos de los cuales tienen que ver con establecer la obligatoriedad de la denuncia para acceder al aborto no punible por violación. Hay también cuestiones en relación a partir de qué edad una niña o adolescente podría recurrir y exigir su derecho al acceso al aborto no punible«.

También se establece la intermediación de distintos profesionales de la salud, que el fallo claramente dice que esto obstaculiza y genera demoras en el acceso al derecho, y constituye violencia en los términos de la ley contra la violencia hacia las mujeres. Y hay varios aspectos en los que esta reglamentación o protocolo es violatorio del fallo F.A.L , de marzo del 2012.

En ese sentido, Rachid señaló que «por eso no solamente presentamos un amparo en la justicia en aquel momento cuando se reglamentó este protocolo, sino que además también presentamos un proyecto de ley que luego fue aprobado por la Legislatura porteña con un protocolo acorde al fallo F.A.L., a la Constitución Nacional y a los tratados internacionales firmados por la Argentina«.

«Lamentablemente, aunque este proyecto de ley que presentamos se votó afirmativamente, y se aprobó, el entonces Jefe de gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hoy Presidente de la Nación, Mauricio Macri, lo vetó«, agregó Rachid. «Es por eso que volvimos a recurrir a la justicia. Primero fue en virtud del reglamento del protocolo, y después fue en virtud del veto de Mauricio Macri y el fallo en primera instancia no solamente dio lugar, primero con la cautelar, a un protocolo respetuoso del fallo F.A.L., sino que después también el juez Gallardo se expidió de manera favorable respecto del reclamo, no solamente ratificando la cautelar sino también estableciendo que el veto de Macri era inconstitucional«, expresó Rachid a Infobae.

«Por supuesto el Gobierno apeló, primero a la Cámara y después apelamos nosotros al Tribunal Superior de Justicia y ante este rechazo por parte del Tribunal lo que vamos a hacer por supuesto es apelar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y a la Corte Interamericana si fuera necesario después. Ahora estamos elaborando esa apelación y convocando a las organizaciones sociales y políticas», concluyó .

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