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Requisitos y Procedimientos para el Reintegro del 50% de la Asignación no Remunerativa para Trabajadoras de Casas Particulares

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Requisitos y Procedimientos para el Reintegro del 50% de la Asignación no Remunerativa para Trabajadoras de Casas Particulares

El Ministerio de Trabajo de la República Argentina ha establecido las condiciones y requisitos para que los empleadores de personal de casas particulares puedan solicitar el reintegro del 50% de la asignación no remunerativa otorgada a las trabajadoras de casas particulares. Estos son los puntos clave de la resolución 1136 publicada en el Boletín Oficial:

¿Quiénes pueden solicitar el reintegro?

  • Empleadores o empleadoras que cumplan con las condiciones establecidas en el Artículo 12 del Decreto Nº DECNU-2023-438-APN-PTE.

Condiciones para el reintegro:

  • La relación laboral debe haber estado activa en los meses de agosto y septiembre para el reintegro de ambas cuotas de la asignación no remunerativa.
  • En caso de que la relación laboral haya estado activa en agosto pero no en septiembre, solo se reintegrará la primera cuota de la asignación no remunerativa.
  • Debe estar registrado el pago de la asignación no remunerativa según el Decreto Nº DECNU-2023-438-APN-PTE.
  • No haber estado sujeto al impuesto de Bienes Personales en el ejercicio fiscal 2022.
  • No tener ingresos netos superiores a $1.500.000 en agosto de 2023 por empleador o empleadora.

Procedimiento para el reintegro:

  • El monto total de la asignación no remunerativa se calculará sobre los salarios devengados en agosto de 2023 y se abonará en 2 cuotas iguales.
  • Los empleadores deben presentar una solicitud para cada cuota.
  • La solicitud se realizará a través del portal web de AFIP en la sección «CASAS PARTICULARES,» opción «solicitud reintegro de asignación no remunerativa – Decreto Nº DECNU-2023-438-APN-PTE.»

Documentación requerida:

  • Declaración jurada del monto abonado en concepto de asignación no remunerativa y fecha de pago.
  • Recibo de pago de la asignación no remunerativa firmado por la trabajadora o trabajador, o recibo de sueldo con la inclusión del monto de la asignación no remunerativa.
  • Datos de la cuenta bancaria a nombre del empleador o empleadora, con la Clave Bancaria Uniforme (CBU).
  • Declaración jurada de ingresos netos percibidos en agosto de 2023 por el empleador o empleadora y fuente de los mismos.
  • Declaración jurada de la cantidad de horas trabajadas por el trabajador o trabajadora sujeta al «Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares» en agosto de 2023.
  • Lugar de residencia del empleador o empleadora.

Fechas para la presentación de solicitudes:

  • Primera cuota de la asignación no remunerativa correspondiente al salario devengado en agosto de 2023: entre el 25 y el 29 de septiembre de 2023.
  • Segunda cuota de la asignación no remunerativa correspondiente al salario devengado en septiembre: entre el 2 y el 8 de octubre de 2023.

Control y Fiscalización:

  • La AFIP y el Ministerio de Trabajo están facultados para realizar verificaciones y fiscalizaciones.
  • La Secretaría de Trabajo del Ministerio de Trabajo realizará controles de requisitos y documentación.

En caso de dudas o consultas, los empleadores pueden comunicarse a través de la casilla de correo electrónico: anrparticulares@trabajo.gob.ar.

Este proceso busca facilitar el reintegro del 50% de la asignación no remunerativa a los empleadores de trabajadoras de casas particulares que cumplan con los requisitos establecidos en la resolución 1136.

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