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Restablecido el Dólar Soja con 25% de Libre Disponibilidad de Divisas

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Restablecido el Dólar Soja con 25% de Libre Disponibilidad de Divisas

El Gobierno de Argentina ha emitido el Decreto 443/2023, reintroduciendo «de manera extraordinaria y transitoria» el Programa de Incremento Exportador (PIE) para la soja, conocido como el «dólar soja». A diferencia de versiones anteriores, este programa otorga a los exportadores un 25% de las divisas resultantes de sus exportaciones de soja como libre disponibilidad de divisas, en lugar de establecer un tipo de cambio diferencial.

El decreto, publicado en el Boletín Oficial, especifica que el PIE se aplicará a «aquellos sujetos que hayan exportado en algún momento de los 18 meses inmediatos anteriores a la entrada en vigencia de este decreto». Esto busca beneficiar a los exportadores de soja que hayan estado activos en el mercado durante el período especificado.

Para los exportadores que realicen operaciones de exportación que requieran Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE), se considerarán incluidas en el programa las DJVE realizadas antes o después de la fecha de entrada en vigencia del decreto, incluso si aún no se han finalizado, así como las compras y ventas con precios en pesos a determinar.

Según lo establecido en el decreto, el 75% del valor total de la exportación de mercaderías, incluyendo prefinanciaciones, postfinanciaciones o anticipos de liquidación, debe ingresar al país en divisas y negociarse a través del Mercado Libre de Cambios (MLC), mientras que el 25% restante estará disponible de manera libre.

Los participantes que se adhieran al programa deberán liquidar las divisas ingresadas a través del MLC de acuerdo con los términos y condiciones que establezca la normativa complementaria, con una fecha límite de liquidación que no podrá exceder el 30 de septiembre del año en curso.

Para aquellos que requieran DJVE, deberán registrar el 100% de todas las divisas mediante la presentación de la Declaración Jurada antes del 30 de septiembre de 2024.

El decreto también establece que los derechos de exportación deberán abonarse en forma anticipada, basándose en el monto resultante de las divisas ingresadas y negociadas a través del MLC. Los exportadores que deseen participar en este programa deben renunciar previamente a cualquier procedimiento judicial o administrativo que busque la aplicación de procedimientos distintos a los establecidos de manera extraordinaria en el presente decreto.

Esta medida busca brindar un estímulo a los exportadores de soja y fomentar la liquidación de divisas en el país, en un contexto económico en el que Argentina ha estado buscando formas de fortalecer su posición financiera.

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